Por favor especifique la vigencia para consultar las fechas de vencimiento para el pago del impuesto unificado.
Vigencia (Año):
 

IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
FORMULARIO ÚNICO

Información de Interés General - Calendario Tributario  

Señor Contribuyente:

A partir de la fecha el FORMULARIO ÚNICO DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES MHCP – D.A.F. 001, es gratuito y se podrá descargar de nuestra página Web www.cundinamarca.gov.co. A través de este formulario, usted podrá declarar y pagar o corregir la declaración del impuesto sobre vehículos automotores matriculados en los Organismos de Tránsito del Departamento de Cundinamarca.

El formulario aplica para los años gravables 1999 y posteriores.

Los avalúos comerciales de los vehículos y las tarifas aplicables para liquidar el impuesto del período gravable actual, las puede consultar en nuestra página Web www.hacienda.cundinamarca.gov.co en la Gobernación de Cundinamarca www.cundinamarca.gov.co o en la página del Ministerio de Transporte www.mintransporte.gov.co.

Si va a declarar vigencias anteriores, los avalúos y las tarifas aplicables las puede consultar en la sede administrativa de la Gobernación del Departamento de Cundinamarca, ubicada en la calle 26 No. 51-53 en Bogotá D.C.

El pago del impuesto lo puede realizar en las siguientes entidades recaudadoras:

BBVA
COLPATRIA
AV VILLAS

COMO DILIGENCIAR EL FORMULARIO ÚNICO DE IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES – AÑO GRAVABLE 2010

La Dirección de Rentas del Departamento de Cundinamarca ha diseñado el siguiente instructivo que le permitirá diligenciar correctamente su formulario de declaración y pago, evitando errores que le puedan causar sanciones posteriores.

Antes de llenar el formulario lea cuidadosamente las siguientes recomendaciones:

  1. El formulario debe llenarse a máquina o a manuscrito en letra imprenta legible.
  2. El formulario debe llenarse con tinta de color negro.
  3. Para diligenciar la dirección del propietario o poseedor, utilice las convenciones que aparecen en la siguiente tabla:

APARTAMENTO

AP

CONJUNTO

CONJ

MANZANA

MZ

SECTOR

SR

AGRUPACIÓN

AG

CONSULTORIO

CS

MEZZANINE

MN

SOLAR

SL

AUTOPISTA

AUTOP

DEPÓSITO

DP

MÓDULO

MD

SEMISÓTANO

SS

AVENIDA

AV

DIAGONAL

DG

OCCIDENTE

OCC

SÓTANO

ST

AVENIDA CALLE

AC

EDIFICIO

ED

OESTE

OE

SUPERMANZANA

M

AVENIDA CARRERA

AK

ENTRADA

EN

OFICINA

OF

SUR

SUR

BARRIO

BRR

ESQUINA

ESQ

PASEO

PS

TORRE

TO

BLOQUE

BL

ESTE

ES

PARCELA

PA

TRANSVERSAL

TV

BODEGA

BG

ETAPA

ET

PENTHOUSE

PH

UNIDAD

UN

CALLE

CL

GARAJE

GJ

PISO

PI

VEREDA

VER

CARRERA

KR

INTERIOR

IN

PUENTE

PN

ZONA

ZN

CARRETERA

CT

KILÓMETRO

KM

PUESTO

PT

NORTE

NTE

CÉDULA

CEL

LOCAL

LC

PREDIO

PD

ORIENTE

ORT

CASA

CA

LOTE

LT

SALON COMUNAL

SC

 

 

COMO REALIZAR SU LIQUIDACIÓN PRIVADA

  1. Ubique su vehículo en la tabla No.1 de la Resolución 005960 de 2009, (Ministerio de Transporte) según las características de su vehículo (marca y línea).
  2. Una vez identificadas las características, ubique la columna correspondiente al modelo de su vehículo y tome la base gravable, expedida por el Ministerio de Transporte.
  3. Aplique la tarifa correspondiente según la siguiente tabla:

TARIFAS APLICABLES PARA EL PERÍODO GRAVABLE según Decreto 4599 de 2009.

 

RANGOS DE AVALUO DE VEHÍCULOS

TARIFA DEL IMPUESTO APLICABLE

Hasta $35.738.000

1.5%

Más de $35.738.000 y hasta $80.410.000

2.5%

Más de $80.410.000

3.5%

 

RECUERDE QUE LA SANCIÓN MÍNIMA PARA EL AÑO GRAVABLE 2010, DEFINIDA EN UVT SEGÚN LEY 1111 DE 2006, ES DE CIENTO VEINTE Y TRES MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($123.000).

EL VALOR DE LA TASA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES PARA LA VIGENCIA 2010 ES DE VEINTE Y SIETE MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($27.000), ESTABLECIDA POR LA RESOLUCIÓN No. 2355 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2010.

LOS PLAZOS OTORGADOS POR LA ADMISNITRACIÓN DEPARTAMENTAL PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, SON LOS ESTABLECIDOS EN LA RESOLUCIÓN No.2320 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 Y SON LOS SIGUIENTES:

CALENDARIO TRIBUTARIO


FECHAS

DESCUENTOS

Hasta el 26 de Marzo de 2010

10% de descuento sobre el Impuesto a Cargo

Hasta el 18 de Junio de 2010

Sin descuento

INSTRUCTIVO PARA DILIGENCIAR EL FORMULARIO DE DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

AÑO GRAVABLE: Escriba en esta casilla el año gravable que va a declarar, pagar y/o corregir con este formulario.

UNIDAD REGIONAL DE TRÁNSITO: Escriba el municipio donde se encuentra ubicada la Unidad Regional de Tránsito de Cundinamarca en el cual está matriculado el vehículo objeto de la declaración.

A. PERÍODO GRAVABLE: A1. FRACCIÓN DE AÑO: Diligencie esta casilla ÚNICAMENTE cuando entra en circulación por primera vez o cuando se trate de un vehículo para internación temporal, escribiendo el número de meses que corresponda a la fracción a declarar del año gravable.  Si usted diligencia este campo, por favor tenga en cuenta la nota aclaratoria del literal e) del renglón 1 de este instructivo.
 
B. DECLARACIÓN DE CORRECCIÓN: Diligencie esta casilla únicamente cuando la declaración que esta presentando sea una corrección a la declaración anterior.  Escriba en su orden, el número del autoadhesivo de la declaración que se corrige, así como el año, mes y día en que la presentó. La declaración que se corrige sustituye la declaración anterior. Si no se trata de una corrección pase a la sección C.

C. PROPIETARIO O POSEEDOR DEL VEHÍCULO: C1. APELLIDOS Y NOMBRES O RAZÓN SOCIAL COMPLETA: Sí es persona natural, escriba en su orden primer apellido, segundo apellido y nombres, tal y como figure en su documento de identidad. Sí es persona jurídica, la denominación social tal y como aparece en el NIT. C2. IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE: Diligencie con una X, la casilla que corresponda a la clase de documento, escribiendo el número del mismo. C3. DIRECCIÓN: Escriba la dirección, teléfono, municipio y departamento, donde tiene su residencia o domicilio según sea el caso, usando las convenciones establecidas.

D. DATOS DEL VEHÍCULO: D1. PLACA. D2. MARCA. D3. LINEA. D4. MODELO. D5. CLASE. D6. CARROCERIA: De las casillas D1 a D6 escriba los datos correspondientes al vehículo que se está declarando tal y como figura en la tarjeta de propiedad. D7. GRUPO: Escriba el grupo al cual corresponde su vehículo según la vigencia que declara. D8. BLINDADO: Marque con una X el cuadro correspondiente si su vehículo es blindado o no. D9.CILINDRAJE. D10.CAPACIDAD DE PASAJEROS. D11. CAPACIDAD DE CARGA EN TONELADAS: Si se trata de un automóvil, campero o motocicleta, escriba el cilindraje del vehículo en la casilla D9.  Si se trata de un vehículo de pasajeros, diligencie la casilla D10 y si se trata de un vehículo de carga, diligencie la casilla D11. D12. COMPAÑÍA QUE EXPIDE EL SEGURO OBLIGARORIO (SOAT): CÓDIGO: Escriba el número que aparece resaltado anterior al número de la póliza. NOMBRE: Escriba el nombre o razón social de la aseguradora. NÚMERO DE LA PÓLIZA: Escriba el número de la póliza del seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT. VENCIMIENTO: Escriba en números, en el espacio correspondiente, el año, mes y día de vencimiento de la póliza del seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT.

E. LIQUIDACIÓN PRIVADA: (Renglones del 1 al 6) Es importante que ubique correctamente su vehículo según el grupo y modelo al que corresponde, así se evitará sanciones por corrección. Para el diligenciamiento de estos renglones aproxime el valor liquidado al múltiplo de mil más cercano.

RENGLÓN 1. AVALÚO DEL VEHÍCULO: Escriba el valor del vehículo de acuerdo con los avalúos comerciales fijados por el Ministerio de Transporte. Para automóviles, sw`s, camperos y motocicletas, este valor se establece según: marca, línea, cilindraje y modelo; para vehículos de carga según: clase, tipo, marca, capacidad de carga y modelo; para vehículos de pasajeros según: clase, tipo, marca, número de sillas y modelo. Casos especiales: a) Para los vehículos modelo del año gravable actual y que se matriculen por primera vez, tome como base gravable el valor total registrado en la factura de venta sin incluir el IVA y aplique la tarifa correspondiente. b) Si se trata de un vehículo importado directamente por el usuario o propietario o poseedor, la base gravable es el valor total registrado en la declaración de importación. c) La base gravable para los vehículos antiguos y clásicos estará constituida por el 50% del valor establecido en la tabla para el modelo 1985. d) Los vehículos blindados tendrán como base gravable el avalúo correspondiente según las características y grupo incrementado en un 10%. e) Para los vehículos usados  que sean objeto de internación temporal, que no figuren en las resoluciones expedidas por el Ministerio de Transporte el valor comercial será el que corresponda al vehículo automotor incorporado en las resoluciones que más se asimile a sus características.

RENGLÓN 2. IMPUESTO A PAGAR. Escriba en este renglón el resultado de multiplicar el avalúo comercial (renglón 1), por la tarifa según la tabla correspondiente al año declarado.

Nota: Si usted diligenció la casilla A1 por tratarse de una declaración por fracción de año, divida el valor del impuesto anual entre 12 y multiplíquelo por el número de meses a declarar (la fracción de mes se toma como mes completo).

RENGLÓN 3.  DESCUENTO POR MATRÍCULA O TRASLADO DE CUENTA:

Nota: Marque con una X dentro del paréntesis según sea el caso. Si no tiene derecho a este descuento escriba cero (0).

RENGLÓN 4. TOTAL IMPUESTO A CARGO: Escriba el resultado de restar el valor del renglón 2 menos el valor del renglón 3.

RENGLÓN 5. SANCIONES: Liquide la sanción a que haya lugar por concepto de extemporaneidad y/o corrección a la declaración y lleve a este renglón la sumatoria de las mismas.  En caso de no existir sanciones a liquidar escriba cero (0).

  1. Sanción por extemporaneidad: Habrá lugar a liquidar esta sanción cuando la declaración se presente con posterioridad al último plazo para declarar el año gravable que está declarando y pagando.
  2. Sanción por corrección: Habrá lugar a liquidar esta sanción cuando el contribuyente corrija una declaración anteriormente presentada con respecto al mismo periodo gravable, aumentando el total a pagar. Tenga en cuenta que toda declaración de corrección genera sanción.

Nota: La sanción por extemporaneidad, es del cinco por ciento (5%) del total del impuesto a cargo, por cada mes o fracción de mes de retardo en el pago del impuesto, sin exceder del ciento por ciento (100%) del impuesto a cargo siempre y cuando pase de la sanción mínima. La sanción por corrección es del diez por ciento (10%) del mayor valor a pagar.

RENGLÓN 6. TOTAL A CARGO: Escriba en este renglón el resultado de sumar el renglón 4 más el renglón 5.

F. PAGOS: Para el diligenciamiento de estos renglones aproxime el valor liquidado al múltiplo de mil más cercano.

RENGLÓN 7. TOTAL A CARGO: Escriba lo mismo del renglón 6. Tenga en cuenta que si se trata de una declaración de corrección, debe escribir la diferencia del renglón 6 que resulte entre la liquidación correcta y la errónea. 

RENGLÓN 8. DESCUENTO POR PRONTO PAGO: Si va a declarar y pagar el impuesto en las fechas durante las cuales la administración tributaria departamental ha establecido el beneficio al contribuyente con descuentos por pronto pago, aplique el porcentaje correspondiente de descuento sobre el impuesto a pagar (renglón 2) y escriba la cifra resultado de la operación aritmética, de lo contrario escriba cero (0).

Beneficios Fiscales Concurrentes. – Tenga en cuenta que de conformidad con el artículo 23 de la Ley 383 de 1997 no es procedente la utilización de beneficios múltiples en materia tributaria, por lo tanto no son acumulables los beneficios de matrícula inicial y de traslado de matrícula con el beneficio de descuento por pronto pago.  La utilización de beneficios múltiples, ocasiona para el contribuyente la pérdida de todos los beneficios, sin perjuicio de la sanción por inexactitud a que haya lugar.

RENGLÓN 9. INTERESES DE MORA: Incluya en este renglón el valor de los intereses por mora cuando pague con posterioridad al último plazo para declarar el año gravable que se está liquidando, de lo contrario, escriba cero (0). Si se trata de una liquidación inicial, liquide los intereses de mora sobre el valor del renglón 4.  Si se trata de una declaración de corrección, liquide los intereses de mora sobre la diferencia del renglón 4 que resulte entre la liquidación correcta y la errónea. Los intereses de mora deben liquidarse a la tasa de interés tributario vigente a la fecha del pago.

RENGLÓN 10. SUBTOTAL: Escriba en este renglón el resultado de la siguiente operación aritmética: renglón 7 menos renglón 8 más renglón 9 (7-8+9).

RENGLÓN 11. TASA: Escriba en este renglón el valor de la tasa vigente en el momento del pago.

RENGLÓN 12. TOTAL A PAGAR: Escriba en este renglón el resultado de sumar el renglón 10 más el renglón 11.

SECCIÓN G. FIRMA DECLARANTE: Si es persona natural, firme y escriba los nombres y apellidos completos, así como su número de documento de identidad.  Si es persona jurídica, la firma y los datos que se consignen deben ser los del representante legal con el número de NIT.

Nota: Esta guía constituye una orientación para el diligenciamiento del formulario de declararación y pago del impuesto sobre vehículos automotores y no exime a los contribuyentes del cumplimiento de las disposiciones legales.  El formulario de declaración debe ser diligenciado a máquina o a manuscrito, en tinta negra con letra imprenta legible. NO SE ADMITEN FORMULARIOS CON BORRONES, TACHONES O ENMENDADURAS. Recuerde la obligatoriedad de diligenciar todos los espacios del formulario.  No escriba XXXXXX en las casillas que no va a utilizar. Diligencie un formulario para cada vehículo que declara y un formulario por cada periodo gravable. El diligenciamiento incorrecto del formulario o su diligenciamiento incompleto darán lugar a las sanciones respectivas.